
La Municipalidad de Capitán Sarmiento adhirió a la Ley Nacional de Promoción de la Economía del Conocimiento Nro. 27.570 y creó el Régimen de Promoción para las Empresas del partido «con el objeto de fomentar su establecimiento, consolidación y regularización, contribuyendo así al aumento de actividades productivas, progreso económico y a la creación de nuevos puestos de trabajo«, señalaron en la Ordenanza.
El intendente Javier Iguacel, fue quien dio el anuncio a través de sus redes sociales y explicó: «En sesiones extraordinarias, el HCD x unanimidad aprobó: Estabilidad fiscal x 30 años q asegura q no puedan volver a meterla la mano en el bolsillo a los q dan trabajo; Desgravación total para actividades q pueden hacer al mundo sustentable».
«Colorario de 2 años de trabajo en el q eliminamos 120 de las 130 tasas q había, las q quedaron son de las más bajas de la provincia y eliminamos toda la burocracia q generaba trabas para producir y dar trabajo», continuó el mandatario municipal.
Cabe destacar que podrán acceder a los beneficios otorgados por el presente régimen las personas humanas o jurídicas que desarrollen actividades económicas de todo tipo, sean comerciales, agropecuarias, otras primarias, industriales o de servicios en el ámbito del partido de Capitán Sarmiento.
Podrán gozar de los beneficios establecidos en el presente artículo:
- Todas las actividades establecidas en la Ley Nacional de Promoción de la Economía del Conocimiento 27.570 y sus modificatorias.
- los servicios de ingeniería, diseño, consultoría tecnológica y asistencia técnica directamente relacionados con las actividades promovidas.
- Industrias y/o servicios de diseño, fabricación de equipos y materiales para la generación de energías renovables.
- Actividades de producción de energías renovables.
- Actividades relacionadas con la separación, selección, transformación y reutilización de los residuos sólidos urbanos e industriales de forma tal que transformen los mismos en productos o materias primas cumpliendo el ciclo de economía circular.,
- Medios audiovisuales y/o productoras.
- Servicios informáticos
- Servicios relacionados con el comercio exterior.
- uevas tecnologías en el ámbito productivo.
- Publicidad.
- Consultoría
- Coworking.
- Servicios de enseñanza y capacitación
- Turismo receptivo.
- Clínicas de servicios médicos y geriátricos.
- Diseño y producción de medicamentos, insumos médicos y aparatología.
- Centros de servicio administrativo.
Respecto la Estabilidad Tributaria se estableció por 30 años a todas las personas jurídicas o físicas que se encuentren habilitadas para realizar actividades económicas tales como prestar servicios, ejercer el comercio y/o todo tipo de actividades industriales, agropecuarias, etc. dentro del partido de Capitán Sarmiento y a todas aquellas que obtengan la habilitación correspondiente.
Se entiende por estabilidad Tributaria a la garantía de no ser alcanzadas, ni sujetas a nuevas tasas de servicios, derechos o impuestos municipales ni incrementos de las mismas.
Tal beneficio no comprende las actualizaciones por Ripte o inflación, de la Tasa de Inspección por Seguridad e Higiene, conforme lo regulado por la Ordenanza Fiscal Impositiva vigente Nro. 2752/21.